Pablo A. Proaño
El Estado de Qatar ha sido ampliamente criticado por su postura criminalizadora del homosexualismo, la explotación laboral, elfallecimiento de trabajadores en la construcción de los estadios, el trato injusto contra los inmigrantes, además de sus leyes y costumbres desfavorables a los derechos de las mujeres. Resulta entonces sumamente interesante que entre la euforia y competitividad del fútbol, se desplieguen voces que hablan de derechos humanos, tal vez como nunca antes de la historia de las competiciones de la FIFA.
La más reciente mención a los derechos humanos se dio con el gesto de protesta de la selección alemana, quienes cubrieron sus bocas durante la foto oficial en rechazo a la imposibilidad de usar una banda con la leyenda “Onelove”, una banda que usarían muchos capitanes europeos durante los partidos en favor de la “diversidad y la no discriminación” en favor de personas de diversidad sexual. La FIFA amenazó con sanción de tarjeta amarilla a los jugadores que la portaran, razón de la protesta del conjunto alemán.
Presenciamos entonces un conflicto, un choque, entre diferentes concepciones de derechos. Qatar, a pesar de ser un estado confesional en favor del Islam, reconoce en su constitución valores como la igualdad y la libertad, la no discriminación, los derechos de los trabajadores e inmigrantes y demás. ¿Quedan entonces estas disposiciones en letra muerta, considerando todo lo ocurrido hasta ahora en el Mundial? ¿Se trata de una aplicación “diferente”, “insuficiente”, o simplemente una falta de aplicación de estos principios?
Más allá de las falencias del Estado de Qatar en esta materia, es interesante considerar que actualmente existen diferentes posturas en relación a los derechos humanos. Precisamente porque su concepción es difusa y su aplicación parecería llegar a ser subjetiva, se abre un peligroso campo de acción para dictaminar lo bueno y lo malo, o para tachar de discriminatoria a una postura en determinada situación y no en otra.
Es entonces cuando los derechos humanos dejan de ser el reconocimiento de atributos propios de la dignidad de la persona para convertirse en una bandera colorida, un pañuelo u otro símbolo.
¿Quién tiene razón cuando se trata de los derechos humanos? ¿Quién reconoce qué luchas sociales se convierten en luchas de derechos? ¿Qué protestas son lícitas, necesarias y justas cuando se trata de estos derechos?
Más allá de las ideologías (sociales, políticas o jurídicas), hoy por hoy son los tratados internacionales de derechos humanos los que pueden dar una directriz, aunque a veces abstracta, de su significancia. Instrumentos legales, elaborados, adoptados y ratificados por cientos de estados que reconocen su importancia. ¿Por qué entonces, si se trata de instrumentos jurídicos internacionales, surgen grupos u organismos que se auto atribuyen la capacidad de imponer su concepción de derechos?
La cuestión sobre derechos no corresponde a la política, la moda o las cosmovisiones particulares. Debemos procurar que sea una búsqueda de reconocimiento de la dignidad universal, en virtud que nos hace a todos más humanos. Y en efecto, en esa búsqueda surgirán muchas posturas y valiosos aportes para su construcción, que no podrán ser adecuadamente tratados si es que silenciamos unas voces sobre otras.