¿Qué es y cómo funciona un informe de minoría?

¿Qué es un informe de minoría? 

El informe de minoría es un informe que uno o varios asambleístas, miembros de una comisión, pueden realizar cuando no están de acuerdo con el informe aprobado por la mayoría de la comisión

¿En qué se diferencia del informe de mayoría?

En principio debe contener los mismos parámetros del informe aprobado por mayoría. Se diferencia en que este informe no necesita ser votado por los miembros de la comisión, sino que sólo requiere la firma de quienes se adhieren a é

¿Qué debe contener?

Al igual que el informe aprobado, el informe de mayoría debe contener detalles y observaciones de las sesiones realizadas por la comisión, análisis y razonamiento sobre el contenido del mismo, conclusiones y recomendaciones, las cuales pueden incluir otra propuesta de articulado diferente a la del informe aprobado, firma y otras formalidades. 

¿Cuál es su relevancia?

El informe de minoría representa una opinión fundamentada de por qué ciertos miembros de la comisión no se adhieren a la mayoría que aprueba el informe de un proyecto de ley. Este informe recoge sus criterios y recomendaciones respecto al otro informe remitido y debe obligatoriamente ser conocido por el secretario de la Asamblea Nacional, al igual que el informe aprobado.

¿Puede ser aprobado en el pleno?

En la sesión de votación del pleno, mediante moción, se puede solicitar al Presidente de la asamblea que se considere el informe de minoría una vez que el informe aprobado por la comisión no ha alcanzado los votos necesarios para su aprobación en el pleno, de modo que puede ser aprobado en caso de contener una propuesta de articulado. Para que sea aprobada la moción, ésta debe contar con mayoría absoluta del Pleno.

Informe de minoría proyecto de ley del aborto:

¿En qué se diferencia el informe de minoría de la ley del aborto del informe aprobado?

El informe a segundo debate de la ley del aborto por violación aprobado por la mayoría de asambleístas que conforman la Comisión de Justicia y Estructura del Estado contiene múltiples errores de técnica jurídica y no se ha realizado con rigor democrático ni conforme a los más recientes criterios médicos. Es por ello que varios asambleístas de la comisión remitieron un informe de minoría, el cual subsana muchos de los errores, contradicciones y criterios equivocados contenidos en la ley. Sobre todo respecto a los nudos críticos como el tratamiento del aborto como un derecho humano fundamental, la objeción de conciencia y objeción institucional, la temporalidad del aborto y sus requisitos, entre otros.

Fuentes: Resolución CAL-2019-2021-430, arts. 33,34. Ley Orgánica de la Función Legislativa, arts. 12, 61