Se espera que la Corte Constitucional actúe de forma prioritaria y urgente para resguardar los derechos constitucionales de la menor presuntamente abusada sexualmente por su progenitor en el caso Betty Soria. Esto, una vez que la madre de la niña presentó una Acción de Incumplimiento de Sentencia ante la Corte Constitucional del Ecuador.
La Acción de Incumplimiento de Sentencia presentada hoy ante la Corte Constitucional por la madre de la menor, presuntamente abusada sexualmente por su padre, demanda un tratamiento urgente y prioritario, toda vez que la niña se encuentra en condición de doble vulnerabilidad de conformidad con la Constitución y en un riesgo inminente de nuevas vulneraciones de sus derechos constitucionales. Dicha acción constitucional fue asignada por sorteo a la Jueza Karla Andrade Quevedo.
La información íntima de la niña contenida en su historia clínica sigue expuesta de manera pública debido a que el Tribunal Penal que sigue el proceso contra la psicóloga Betty Soria y la madre de la menor, se negó a acatar las medidas cautelares dictadas dentro de la acción de hábeas data, emitidas el pasado 3 de abril de 2023, que ordenó la reserva de toda la información sobre la historia clínica de la niña, así como cualquier dato personal que permita identificarla.
La publicidad y visibilidad mediática nacional de este caso, demanda una acción urgente por parte de la Corte Constitucional, de manera que se proteja y resguarde esta información sensible, cuyo manejo y manipulación dentro del proceso penal atenta contra los derechos a la intimidad, a la protección de los datos de carácter personal, al secreto profesional, a la no revictimización y sobre todo al derecho a la integridad personal de la niña.
“Cada día que pasa se genera un gravamen irreparable a los derechos constitucionales de la niña, presuntamente abusada sexualmente por su padre, por lo que esta acción demanda un trato prioritario y urgente de parte de la Corte Constitucional. Es necesario sentar un precedente jurídico frente al mal manejo y manipulación de información sensible en los procesos judiciales y la obligación constitucional de todos los funcionarios judiciales de adoptar los mecanismos adecuados a fin de resguardar este tipo de información” sostiene la Abg. Nicole Espinosa, de la organización Dignidad y derecho.
El artículo 30 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) determina que el incumplimiento de las medidas cautelares será sancionado de la misma manera que en los casos de incumplimiento de la sentencia de las garantías jurisdiccionales. Así, el Art. 163 faculta a los jueces de la Corte Constitucional a conocer del incumplimiento de las decisiones en materia constitucional. Además, la misma Corte Constitucional en su jurisprudencia ha determinado que excepcionalmente en caso de gravamen irreparable, este Organismo podría conocer del incumplimiento de medidas cautelares y la sanción respectiva a los funcionarios que las incumplen.
La historia clínica en cuestión contiene información sensible, personal y revictimizante de la menor, la misma que por mandato constitucional, debió tener el carácter de reservada desde un inicio. La psicóloga y la madre de la menor aún enfrentan la posibilidad de hasta 7 años de cárcel, mientras que la niña sigue en una situación de revictimización, por lo que será ahora el turno de la Corte Constitucional enmendar esta situación.