
Es de sentido común: hombres y mujeres son físicamente distintos y, por lo tanto, es correcto que los deportes sean exclusivos de cada sexo. Este sencillo hecho ha tenido que ser ratificado por la más alta corte de los Estados Unidos.
A raíz de la petición de un hombre biológico que se identifica como mujer que demandó ser “discriminado” por una ley que mandaba exclusividad de los deportes femeninos para las mujeres “biológicas”, la Corte señaló que la exclusión de hombres en deportes femeninos es proporcionada y tiene como base la realidad y evidencia científica.
El juez Clarence Thomas mencionó que los “hombres y niños con disforia de género no son mujeres, aunque ellos lo crean. El sexo es una realidad biológica inmutable”. En la misma línea, el juez Kavanaugh señaló que las normas que prohíben discriminar por el sexo “se refieren indefectiblemente al sexo biológico y no a los prespuestos e la ideología de género”. La ideología de género busca imponer la idea de que el sexo o género son realidades modificables por mera voluntad y, además, que esta identificación interna tenga efectos sociales y legales para terceros, como en el caso de los deportes.
¿Cómo atañe esto para el Ecuador?
En general estas noticias no suelen ocupar las primeras planas. Pero en nuestro país tenemos a un exalcalde, hombre, que se encuentra en una cárcel de mujeres porque cambió su identidad “de género” en la cédula, identificándose como mujer. Además, fallos de la Corte Constitucional adoptan presupuestos de la ideología de género. El Caso Salinas 95-18-EP obligó al Ministerio de Educación a emitir un protocolo de no discriminación por identidad de género para todo el sistema educativo. Asimismo, la Sentencia 4-24-CN/26 que también resolvió el polémico Caso Amada, señaló que los adolescentes pueden “cambiar” su género por única vez en la cédula con el cumplimiento de ciertos requisitos.
Irónicamente, la Corte ahora trata el caso de una adolescente que cambió su género de mujer a hombre, ahora quiere “revertirlo” nuevamente por “arrepentirse”, validando lo que los datos científicos sobre la disforia de género señalan: entre el 80 y 95% de los menores que atraviesan disforia de género reconocen su realidad y sexo biológico generalmente después de la pubertad (McHugh y otros).
¿Cómo entonces se entiende que la Corte obligue a que, si un menor tiene disforia de género, en lugar de acompañar a su proceso de manera técnica y profesional, se le afirme el cambio no solo a nivel educativo, sino en la cédula de identidad?
En fin, esto es un llamado de atención. En una sociedad globalizada, donde podemos ver las realidades de países que adoptaron estos presupuestos hace años, resulta insensato ignorar sus consecuencias. Inglaterra y Estados Unidos ya tienen clínicas demandadas y funcionarios procesados por los daños psicológicos y físicos causados a los niños a quienes se les permitió “cambiarse el género”, ya sea social o incluso quirúrgicamente.
Que nuestro país ignore esa experiencia y que, habiendo tantas necesidades primarias de salud y seguridad, tengamos funcionarios dedicados a promover ideologías que ni siquiera tienen respaldo científico o están amparadas en una ley es profundamente preocupante.
Artículo publicado original en el diario «La Gaceta»: https://www.facebook.com/photo.php?fbid=1674127024715992&set=a.536224065172966&type=3&rdid=qibRwHCWxTcdWRF5&share_url=https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2Fshare%2F1BZfBtBxGj%2F#






