OPINIÓN | Niñez sin familia: la deuda pendiente de la adopción en Ecuador

Foto de Austin Lowman en Unsplash

La realidad de la niñez sin familia en Ecuador es preocupante y las cifras lo confirman. Según informó Lucía Pozo, asambleísta por Carchi y proponente del proyecto de ley que busca agilizar los procesos de adopción, a junio de 2025 existían 129 niñas y niños con declaratoria de adoptabilidad que continuaban bajo acogimiento institucional. De dicha cifra, el 90% tenía más de diez años, una edad a partir de la cual las posibilidades de adopción disminuyen considerablemente y la espera por una familia suele prolongarse. Frente a ellos existen apenas 72 familias declaradas aptas para adoptar; familias que “aún esperan a un niño o niña a quien amar”.

En el mismo sentido, entre diciembre de 2023 y marzo de 2025, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) gestionó 125 adopciones en el país —115 nacionales y 10 internacionales—. Detrás de cada cifra hay, además, una historia de vulneración. Según el reporte de datos de enero 2025 del MIES, entre las principales causas de ingreso de niñas, niños y adolescentes al acogimiento institucional, figuran la negligencia (48,84%), el maltrato (15,57%), la violencia sexual (13,01%), el abandono (10,94%) y la trata (4,05%). Del total de 2.074 niñas, niños y adolescentes reportados en las unidades de atención de acogimiento: la mitad son adolescentes — el 50,77% tiene entre 12 y 17 años —; el 27,33% entre 6 y 11; solo el 18,70% corresponde a la primera infancia, de 0 a 5 años; y, un 2,65% adicional supera ya la mayoría de edad y permanece en el sistema por continuidad de estudios o condiciones de discapacidad.

Para entender la preocupación de ese escenario social, hay que recordar que es la adopción. La adopción es una de las instituciones más antiguas del derecho de familia, sus disposiciones legales se remontan desde el Código de Hammurabi y su práctica alcanzó su formulación jurídica más influyente siglos después en Roma. En su sentido más clásico y vigente la adopción es una institución, en la cual, el adoptante adquiere los derechos y obligaciones del padre o madre, respecto del adoptado.

El objeto de la adopción es brindar una familia a un niño. Así se evidencia en la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) que protege el interés superior del niño en los procesos de adopción y establece una protección especial del Estado a los niños privados de su medio familiar. De igual forma, el Convenio de la Haya de 1993 sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional reafirma que el niño debe crecer en un medio familiar.

Desde esta perspectiva, la doctrina internacional es consistente en señalar un aspecto relevante: La adopción no es un derecho propio del adulto a tener un niño, es el derecho que tiene el niño de integrarse al vínculo natural que perdió: una familia. Las Institutiones de Justiniano resumieron la esencia de esa institución en una fórmula que ha sobrevivido dos mil años: adoptio naturam imitatur, la adopción imita a la naturaleza, un principio que, según ha mostrado la historiografía jurídica, ya circulaba desde Cicerón y deriva del tópico aristotélico.

Es precisamente este marco, el que ha llevado al Ecuador a reconocer la importancia del proceso de adopción. La Asamblea actualmente está tramitando el Proyecto de Ley Orgánica de Agilización para la Adopción, el cual, busca eliminar ciertas barreras estructurales. A pesar del amplio debate, el mensaje es claro: El Estado reconoce que detrás de cada mes de retraso hay un niño que envejece sin una familia y sus posibilidades de crecer en una, disminuyen; por ello, el esfuerzo legislativo no debe ser aislado, debe ir acompañado de una verdadera conciencia social sobre esta problemática.

Hoy coexisten en el debate público y jurídico distintas formas de acceder a la maternidad o paternidad, como las técnicas de reproducción humana asistida que han ganado espacios de discusión y propuesta. Es necesario, plantearse una pregunta que se omite ¿Por qué una sociedad parece más comprometida en desafiar la incertidumbre de la procreación que en reparar una realidad ya existente: la de niños que, sin haber elegido su situación, esperan que el Estado y la comunidad les garanticen el derecho fundamental de crecer en una familia?

Esa pregunta no se responde de manera sencilla; sin embargo, revela algo que la humanidad lleva siglos intentando comprender y articular: nuestra responsabilidad frente a los más vulnerables. Dalai Lama expresa: «La responsabilidad no recae sólo con los líderes de nuestros países (…) cada uno de nosotros individualmente somos responsables». La adopción es, desde Hammurabi hasta Justiniano y desde la Convención de los Derechos del Niño hasta la Asamblea Nacional, la institución que la humanidad construyó para que ningún niño crezca sin el amparo, el afecto y la pertenencia que brinda una familia. En ese sentido, no es solo una institución jurídica; es también una expresión de solidaridad humana y un acto de responsabilidad compartida con quienes más necesitan una oportunidad para construir su proyecto de vida.

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Ema Gamboa

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